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Cromañón: las condenas

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Después de lo indicado por la Cámara de Casación, el Tribunal Oral en lo Criminal 24 fijó las nuevas condenas para los imputados en la causa por la tragedia de Cromañón.

Así, a Omar Chabán, que anteriormente había sido condenado a 20 años de prisión, le corresponderán 8 años por ser “autor del delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho activo”.

Los jueces explicaron que él “ha tenido un rol preponderante y que cabe remitirse (…) el aporte que tuvo el empresario en los factores de riesgo que se concretaron en el fatídico resultado que se le reprocha a título de imprudencia. Si bien las condiciones antirreglamentarias están insitas en el tipo penal culposo, en el caso su multiplicidad y magnitud, llevan a una valoración negativa dado que la imprudencia puede ser catalogada de temeraria”.

Por otra parte, se ordenaron 5 años de cárcel para el cantante de Callejeros, Patricio Fontanet, que antes había sido absuelto al igual que el baterista, Eduardo Vázquez, al que ahora le corresponden 4 años. En cambio, para el resto de los integrantes del conjunto, se fijaron penas de prisión en suspenso: Juan Alberto Carbone y Christian Torrejón, 3 años; Maximiliano Djerfy y Elio Delgado, 2 años y medio; Daniel Cardell, 2 años. Al manager del grupo, Diego Argañaraz, le correspondió la misma condena que a Fontanet.

En relación a la situación de la voz de la banda, se explicó que la misma tenía “preponderancia por sobre el resto del grupo y que era quien mantenía reuniones con los propietarios y encargados de seguridad de los lugares donde se realizarían las presentaciones musicales. Tuvo en consecuencia un mayor conocimiento de los factores de riesgo y un mayor deber de evitación”.

Por el mismo delito que Chabán, pero como partícipes necesarios, Raúl Villarreal fue condenado a 6 años tal como el ex subcomisario Carlos Díaz. Para el juzgado, Villarreal “cumplía un rol preponderante en el local, al igual que Chabán, ya que se desempeñaba en todos los órdenes de la actividad que se desarrollaba. Vendía entradas en boletería y confeccionaba el bordereauxreuniéndose con los managers y armando algunas fechas; dirigía al personal de seguridad o control y disponía su número, manejaba el ingreso de espectadores flexibilizando los controles en algunos casos según su criterio y decidía el estado de las puertas principales de ingreso”. En relación a Díaz, se subrayó “el pacto espurio con Chabán, pues justamente a través de éste se permitía el desarrollo de la actividad del local por fuera de las ordenanzas y reglamentos que debían observarse para el cuidado de la seguridad de los asistentes”.

Finalmente, se fijaron 4 años para Fabiana Fiszbin, 3 años y 9 meses para Gustavo Torres y 3 años y medio para Ana María Fernández, todos ellos ex funcionarios del Gobierno de la Ciudad, que antes habían sido condenados a penas de prisión en suspenso. Al respecto del caso de Fiszbin, por ejemplo, los jueces dijeron que “al momento de los hechos era Subsecretaria de Control Comunal del Gobierno de la Ciudad y esa alta jerarquía implicaba facultades y obligaciones de primer orden en relación al poder de policía. Cabe señalar su abierta desidia, su prolongación en el tiempo y la magnitud inconmensurable del daño que a la postre ello implicó y que se le ha atribuido a título culposo”.

Redacción ElAcople.com

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